1. OBJETIVOS
  2. HORARIO
  3. FUNDAMENTO JURÍDICO
  4. USO Y APROVECHAMIENTO DE ESPACIOS PARA DESARROLLO DE ACTIVIDADES CULTURALES EN LA CAPILLA ALFONSINA BIBLIOTECA UNIVERSITARIA

 

I. OBJETIVOS

1.1 Los presentes lineamientos tienen como objetivo administrar y regular aquellos espacios que se encuentran dentro de las instalaciones que forman parte de la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria.

1.2 Garantizar que el uso y aprovechamiento de los espacios de la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria, así como su infraestructura, se efectúe ponderando, en primer lugar, las actividades, programas y proyectos que la misma Dirección contempla en su agenda de actividades.

1.3 Permitir a las distintas dependencias de la Universidad Autónoma de Nuevo León el aprovechamiento de los diversos espacios de la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria, de acuerdo con los presentes lineamientos.

1.4 Permitir actividades exclusivamente relacionadas con el arte, la cultura, la ciencia, la tecnología y la academia propias o ajenas a la Universidad Autónoma de Nuevo León.

 

II. HORARIO

2.1 La Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria ofrece sus servicios de 8:00 a 22:00 horas de lunes a viernes, en los días hábiles indicados por el “Calendario Académico-Administrativo” de la UANL.

 

III. FUNDAMENTO JURÍDICO

 

3.1 Se emiten los presentes lineamientos con fundamento en el TÍTULO PRIMERO: Disposiciones generales, Capítulo V, De la difusión de la cultura, en lo establecido en los artículos 20, 21, 22, 23 y 24; y en el TÍTULO QUINTO: Del Patrimonio de la Universidad, en su artículo 37 del Estatuto General de Leyes y Reglamentos de la Universidad Autónoma de Nuevo León; así como del Reglamento General sobre la Disciplina y el Buen Comportamiento dentro de las Áreas y Recintos Universitarios y de los Lineamientos de Servicios Documentales de la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria.

 

IV. USO Y APROVECHAMIENTO DE ESPACIOS PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES CULTURALES EN LA CAPILLA ALFONSINA BIBLIOTECA UNIVERSITARIA

 

4.1 Definir y pormenorizar la administración, las atribuciones y los usos de los espacios para el desarrollo de actividades culturales en la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria, para que cada dependencia, según los presentes lineamientos, determine si son factibles o no las actividades solicitadas o programadas.

 

A. Políticas para el uso y aprovechamiento de la infraestructura de los espacios destinados para actividades culturales en la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria

 

I. Por esta razón, el uso principal de los mismos consiste en garantizar las actividades, los proyectos y programas propios de esta dependencia.

II. Entre las principales actividades que se realizan de manera regular por parte de la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria y que están dirigidas a la comunidad universitaria y al público en general, se encuentran:

a) Conferencias, presentaciones, proyecciones cinematográficas y de video, lecturas, cursos, talleres, reuniones, develación de la placa conmemorativa del Premio Internacional Alfonso Reyes.

b) Montaje de exposiciones de artes visuales y del acervo bibliohemerográfico de la Biblioteca en sus diversos espacios.

c) Alberga a las compañías artísticas en presentaciones.

d) Aprovechar los diversos espacios para la ejecución de actividades artísticas programadas por la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria.

III. La Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria, priorizando su calendario de actividades, proyectos y programas, así como la función de los espacios, se reserva el derecho de denegar solicitudes que contravengan lo estipulado en los presentes lineamientos y sus políticas.

IV. El uso de las instalaciones no genera derechos a los solicitantes para la realización de actividades que no estén en la solicitud; por lo que, en caso de usos prolongados, será necesario actualizar la solicitud una vez que el plazo se encuentre vencido.

V. El uso de las instalaciones debe ajustarse al horario de servicio de la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria, que es de 8:00 a 22:00 horas, de lunes a viernes en los días hábiles indicados por el “Calendario Académico Administrativo” de la UANL.

VI. La Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria puede dar por canceladas las actividades programadas en cualquiera de los espacios por los siguientes motivos: 1) por no cumplir con los requerimientos y especificaciones contempladas en estos lineamientos; 2) por situaciones fortuitas o de fuerza mayor que obliguen a la Dirección a cancelar; y 3) por poner en peligro la vida de los artistas participantes o del público asistente al evento.

 

B. Sobre la función de espacios comprendidos dentro de la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria

 

I. Para el óptimo aprovechamiento de la misma, es necesario establecer un orden y una priorización de actividades que permitan ponderar, en primera instancia, los propios objetivos y proyectos de la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria, para que puedan ser complementados por la oferta cultural independiente.

II. Sólo podrán realizarse actividades cuyo objetivo consista en enriquecer las expresiones culturales en la comunidad universitaria y fomentar el interés por las distintas disciplinas artísticas.

III. Podrán realizarse exclusivamente actividades artísticas, de ciencia y tecnología, académicas y de divulgación del patrimonio cultural, propias o ajenas a la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria de la Universidad Autónoma de Nuevo León, así como actividades organizadas en conjunto con centros académicos y de cultura.

IV. Se priorizará la realización de los programas, actividades, proyectos y demás actividades contempladas en la agenda de actividades de la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria, sobre cualquier otra petición externa a la dependencia.

V. No se permitirán aquellas actividades que no contribuyan con el objetivo 1.4, como: la realización de actividades religiosas o aquellas que atenten contra los derechos y libertades de las personas u obstaculicen el cumplimiento de los derechos culturales garantizados por la Universidad Autónoma de Nuevo León.

VI. No se permitirán todas aquellas actividades que, aun relacionadas con el objetivo 1.4, dañen o comprometan la infraestructura, equipo y materiales de la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria

 

C. Espacios disponibles

 

Debido a la vocación y a la infraestructura de la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria, los espacios que son disponibles de uso son: Sala Minerva Margarita Villarreal, Sala de Usos Múltiples, Vestíbulo Principal y segundo vestíbulo, siempre que se determine su pertinencia de acuerdo con los presentes lineamientos.

 

D. Procedimiento para solicitud de uso a espacios

 

I. Toda solicitud para el uso de cualquier espacio dentro de la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria, de dependencias de la Universidad Autónoma de Nuevo León o externas, deberá presentarse por escrito por lo menos con 15 días hábiles de anticipación a la fecha programada del evento. Dicha solicitud deberá ser entregada físicamente en la Dirección de la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria, ubicada en Ciudad Universitaria, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, México, C.P. 66455.

II. Las solicitudes deben presentarse con logos institucionales e incluir, como información mínima, el tipo de actividad y su programa, con fecha, duración de la actividad, aforo esperado, montaje que se realizará, público objetivo y especificar si es con o sin fines de lucro.

III. Todas las solicitudes deberán estar dirigidas al Director en turno de la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria.

 

E. Clasificación de solicitudes de uso externo de acuerdo a lo establecido

 

I. Los espacios pueden ser usados por dependencias de la Universidad Autónoma de Nuevo León, el uso será gratuito y se autorizará en cuanto se respete la función de los mismos, y si el calendario interno de actividades lo permite. La única restricción para el uso de los espacios se hace cuando éstos sean solicitados por dependencias de la UANL para que los utilicen terceros y ajenos a la Universidad. No se autorizará el uso de las instalaciones para la realización de actividades personales, de carácter privado o que no estén relacionados con los fines culturales de la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria.

 

G. Consideraciones generales para solicitudes autorizadas

 

I. La Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria en ningún caso se hará responsable por equipamiento o enseres olvidados por el solicitante.

II. En caso de requerir personal técnico, de intendencia, de logística u operativo adicional o fuera de los horarios de trabajo regulares, cualquier de estos deberá ser contratado por el solicitante, con previa aprobación de la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria.

III. Deberá ser respetado el uso racional para el que cada uno de los espacios fue diseñado y evitar cualquier acción que pueda provocar daños en las instalaciones o generar riesgos para la integridad física de las personas que asisten a las actividades, así como del personal que ahí labora.

IV. En caso de incumplimiento de los términos del uso de las instalaciones, la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria se reserva el derecho de negar futuras solicitudes y de cancelar cualquier otra actividad o actividades derivadas de la misma solicitud.

V. Se prohíbe la construcción o las instalaciones que alteren o dejen huella en la estructura de los espacios de la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria, tales como causar daños en columnas y/o paredes, barrenar y hacer agujeros. Queda prohibido pintar, perforar, clavar, usar pegamentos y cinta canela. Para la colocación de carteles se podrán utilizar cintas adhesivas transparentes o tipo masking tape en las áreas autorizadas para tal fin, con previa autorización de la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria.

VI. En todo momento se deben tener en cuenta las recomendaciones y medidas establecidas en el Protocolo de Prevención Sanitario y Seguridad Laboral de la Universidad Autónoma de Nuevo León.