1. OBJETIVOS
    2. HORARIO
    3. USUARIOS
    4. SERVICIOS DOCUMENTALES
    5. PRÉSTAMO EN SALA
    6. PRÉSTAMO A DOMICILIO
    7. PRÉSTAMO INTERBIBLIOTECARIO
    8. PRÉSTAMO ESPECIAL
    9. CULTURA DE LA INFORMACIÓN
    10. SALA DE INFORMÁTICA
    11. SALA TIFLOTÉCNICA
    12. PRÉSTAMO A FOTOCOPIA Y REPRODUCCIÓN ELECTRÓNICA
    13. SERVICIO DE INVESTIGACIÓN DOCUMENTAL
    14. PAQUETERÍA

 

 

 

CAPÍTULO I. OBJETIVOS

 

1.1. Los presentes lineamientos tiene como fin establecer los derechos y obligaciones de los usuarios de los diversos servicios documentales, de cómputo y Sala Tiflotécnica que proporciona la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria (CABU) de la Universidad Autónoma de Nuevo León (UANL).

1.2. Definir el alcance, la modalidad y las limitaciones de los servicios a fin de poner a disposición de los usuarios los materiales documentales con mayor efectividad.

1.3. Proporcionar los servicios en un ambiente propicio para el trabajo académico, la investigación, la consulta y el estudio.

1.4. Preservar los recursos que la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria tiene a su cargo para cumplir con sus funciones.

 

CAPÍTULO II. HORARIO

 

2.1. La CABU ofrece sus servicios de 8:00 a 22:00 h de lunes a viernes, en los días hábiles indicados por el “Calendario Académico – Administrativo” de la UANL.

2.2. El desalojo de usuarios en las salas de consulta se llevará a cabo 15 minutos antes del cierre de la CABU.

2.3. Los sanitarios se cierran a las 21:30 h.

2.4. Las áreas de Informática y Fotocopiado cierran a las 21:30 h, para realizar los cortes de caja.

 

CAPÍTULO III. USUARIOS

 

3.1. La CABU atiende a la comunidad de la UANL (estudiantes, docentes, investigadores y administrativos) y además extiende sus servicios al público en general.

3.2. La CABU reconoce dos tipos de usuarios:

a) Interno: es el usuario que forma parte de la comunidad universitaria.

b) Externo: es el usuario que no forma parte de la comunidad universitaria.

3.3. Los usuarios deberán de abstenerse de reintegrar los materiales consultados a los estantes. Deberán devolverlos al mostrador de préstamo.

3.4. Los usuarios deberán devolver los materiales en las fechas indicadas en la papeleta de devolución adherida en cada unidad bibliográfica.

3.5. Durante su estancia en la biblioteca, la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria no se hace responsable de objetos perdidos u olvidados.

3.6. No se admite el ingreso de mascotas.

 

CAPÍTULO IV. SERVICIOS DOCUMENTALES

 

4.1. Los servicios documentales, de Informática y sala Tiflotécnica ofrecidos por la CABU son los siguientes:

a) Catálogo electrónico de bibliotecas de la UANL

b) Catálogo del Sistema de Registro, Control y Administración de Artículos de Publicaciones Periódicas (SIRCAAR)

c) Salas para lectura formal e informal

d) Consulta de documentos:

Préstamo en sala de material documental

Préstamo a domicilio

Préstamo interbibliotecario

e) Orientación al Usuario:

Visitas guiadas

f) Bases de datos en línea:

Base de Datos Fondo Alfonso Reyes

Hemeroteca Digital UANL

Hemeroteca Digital El Porvenir

Bases de Datos

g) Exhibiciones bibliográficas

h) Sala de Informática:

Renta de equipo individual

Impresión de documentos

i) Sala Tiflotécnica:

Enseñanza del Sistema Braille

Enseñanza del uso del equipo tiflotecnológico

Enseñanza de Computación para personas ciegas

Curso de Orientación y movilidad

Impresiones en Braille

Impresión en tinta

j) Préstamo a fotocopia y reproducción electrónica.

k) Paquetería.

l) Servicio de Documentación.

 

4.2. Para solicitar servicios de Consulta de documentos y Cómputo, el usuario debe presentar una identificación oficial vigente, por ejemplo: credencial de estudiante, de elector, licencia de manejo, etc.

4.3. La CABU se reserva el derecho de cobrar cuotas de recuperación en algunos de sus servicios.

4.4. Son obligaciones de todos los usuarios de la CABU:

Cumplir con los lineamientos y con las disposiciones internas de cada una de las áreas de la CABU.

Mostrar una conducta adecuada para un recinto bibliotecario.

El depósito de sus mochilas, bolsas y paquetes en el área de paquetería antes de solicitar cualquier servicio, será opcional.

Los usuarios se abstendrán de introducir a la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria bebidas, alimentos, cigarros, vapeadores, dispositivos móviles con audio encendidos ni armas de ningún tipo. (Reglamento General sobre la Disciplina y el Buen Comportamiento dentro de las áreas y recintos universitarios)

Conservar en buen estado las instalaciones y muebles de la CABU.

Abstenerse de tocar y dañar las obras de arte que se exhiben en las diversas áreas de la CABU.

Respetar las áreas de estantería cerrada de la CABU.

Atender las indicaciones de los encargados de las diversas áreas de la CABU.

En situaciones de pandemia para poder proporcionar el servicio de forma segura, el usuario deberá tomar su temperatura corporal y aplicar gel antibacterial en manos al ingresar al edificio y en cada sala del mismo, además de portar cubre bocas en todo momento durante su estancia en biblioteca.

 

CAPÍTULO V. PRÉSTAMO EN SALA

 

5.1. La Consulta de Documentos en Sala está disponible para todos los usuarios de la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria sin costo, en sus salas de estudio.

5.2. Los usuarios deben solicitar al responsable de sala los documentos requeridos, hasta cuatro documentos por solicitud.

5.3. Proporcionar una identificación con fotografía (Estudiante, INE, Licencia de manejo, Gafete de estudiante), que se queda en custodia con el encargado de la sala, hasta que el o los documentos sean devueltos.

5.4. Los usuarios tienen la obligación de llenar los formatos correspondientes al servicio que utilizaron.

5.5. Es obligación de los usuarios no maltratar los documentos que les hayan sido facilitados para la consulta.

5.6. El usuario que desee consultar documentos de fondos especializados deberá respetar lo dispuesto en los puntos 4.4 de estos lineamientos.

5.7. Si requiere fotocopias, deberá solicitarlo al bibliotecario.

5.8. Una vez concluida la consulta, entregará el o los documentos al responsable de sala y esperará a ser revisado.

5.9. El bibliotecario puede restringir el uso y la reproducción de algún documento, cuando el documento pueda resultar dañado o se encuentre en condiciones físicas no aptas para su reproducción. Véase Políticas para la reproducción.

5.10. El horario de este servicio es de lunes a viernes de 8:00 a 21:45 h.

 

CAPÍTULO VI. PRÉSTAMO A DOMICILIO

 

6.1. Este servicio es exclusivo para la comunidad universitaria de la UANL:

a) Alumnos: Presentando su credencial vigente o recibo de rectoría del semestre en curso con una identificación con fotografía.

b) Docente y/o empleado: presentar credencial vigente de servicios médicos de la UANL, gafete o recibo de nómina e identificación con fotografía.

6.2. Es un servicio gratuito, personal e intransferible. Intentar utilizar una credencial ajena para solicitar documentos es motivo de suspensión del servicio de la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria.

6.3. La devolución del material podrá realizarla cualquier persona.

6.4. Los préstamos a domicilio está disponible sólo para el material documental de los siguientes fondos: Fondo General (FG), Fondo Literatura (FL), Fondo Historia (FH), Fondo Universitario (FUNI) y Fondo Minerva Margarita y José Javier Villarreal (MMyJJV), a excepción del material de reserva y material en mal estado. Existe la posibilidad de solicitar en préstamo un máximo de 4 títulos diferentes y disponibles en estantería, por un tiempo máximo de 5 días hábiles.

6.5. Los usuarios tienen la obligación de llenar el formato correspondiente al servicio de préstamo a domicilio.

6.6. Se podrá renovar 3 veces el material en préstamo, siempre y cuando la obra no haya sido solicitada por otro usuario. No se renovará material vencido.

6.7. La renovación del préstamo debe ser personal.

6.8. Si el material no es entregado a tiempo, se aplicará una sanción económica por cada día de retraso. En el caso de que el documento haya sido extraviado, el usuario está obligado a reponerlo en su última edición, además de pagar una cuota por el proceso técnico del documento, así mismo, si el material sufre algún deterioro durante el préstamo, se ajustará a las sanciones que determina la Biblioteca. El usuario no podrá hacerle modificaciones, alteraciones o reparaciones al material bibliográfico, ésto solo lo podrá hacer el personal calificado de esta institución.

6.9. No se dará este servicio a usuarios con material vencido o con sanciones pendientes en bibliotecas de la UANL.

6.10. Las solicitudes de material no localizado en la biblioteca podrán ser turnadas al servicio de Préstamo Interbibliotecario.

6.11. Horario del servicio es de de lunes a viernes de 8:00 a 21:50 h.

6.12. Todas las multas serán cobradas.

 

CAPÍTULO VII. PRÉSTAMO INTERBIBLIOTECARIO

 

7.1. El servicio consiste en proporcionar el material documental a las Bibliotecas que lo soliciten y pertenezcan al SIBUANL.

7.2. El servicio de préstamo interbibliotecario es regido por el Código de Préstamo Interbibliotecario de la ABIESI.

7.3. La Capilla Alfonsina pone a disposición de la biblioteca solicitante los acervos que se mencionan en el artículo 6.4 de estos lineamientos.

7.4. El préstamo interbibliotecario puede solicitarse por medio de oficio con los datos del documento que se requiere y dirigido a la Jefatura de Servicios al Público.

7.5. El periodo del préstamo interbibliotecario, será de acuerdo en lo establecido en el artículo 6.4 de estos lineamientos.

7.6. Las obras obtenidas por este medio se controlarán mediante previa autorización de la Dirección y/o Jefatura de Servicios al Público.

 

CAPÍTULO VIII. PRÉSTAMO ESPECIAL

 

8.1. El servicio consiste en proporcionar el material documental que no se encuentra disponible a préstamo a domicilio, a través de alguna solicitud elaborada mediante oficio en hoja membretada por parte de la institución solicitante y dirigido al Director(a) de la Biblioteca Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria. Este estará sujeto a previa autorización y condiciones del material solicitado.

8.2. En el caso del Préstamo Especial para exhibiciones de exposiciones culturales en los diferentes museos de la localidad o a nivel nacional, tendrán que cubrir una póliza de garantía, con la finalidad de salvaguardar la seguridad de los materiales.

 

CAPÍTULO IX. CULTURA DE LA INFORMACIÓN

 

9.1. El servicio de Cultura de la Información comprende, uso de las diferentes herramientas electrónicas de la CABU, visitas guiadas y fomento a la lectura, los cuales son gratuitos y disponibles para usuarios internos y externos.

9.2. El servicio es proporcionado de lunes a viernes en horas y días hábiles según el “Calendario Académico-Administrativo” de la UANL.

9.3. La solicitud de servicios se deberá hacer con un mínimo de 5 días hábiles previos al evento, verificando la disponibilidad de fechas con el Responsable de Orientación al Usuario.

9.4. El envío del oficio de solicitud se deberá enviar con un mínimo de 2 días previos al evento, para su visto bueno por parte del Director de la CABU.

9.5. Los cursos se llevarán a cabo en las instalaciones de la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria

9.6. Los participantes deben cumplir con los horarios establecidos para su evento. No se proporcionará el servicio después de 30 minutos de retraso injustificado.

9.7. Los asistentes a cualquier curso deberán conducirse con respeto, disciplina y siguiendo las disposiciones de los presentes lineamientos para conducirse dentro de las instalaciones de la biblioteca.

9.8. El incumplimiento de los presentes lineamientos, así como no seguir las indicaciones del instructor, por seguridad de los asistentes y la institución, el curso y/o visita se darán por vistos.

 

CAPÍTULO X. SALA DE INFORMÁTICA

 

10.1. El acceso a la Sala de Informática es para alumnos, maestros, investigadores, empleados y todo usuario que solicite los servicios de la misma.

10.2. Los servicios que brinda la Sala de Informática son:

Renta de equipo de cómputo.

Impresión de archivos.

Digitalización de documentos.

10.3. Los servicios de la Sala de Informática son considerados servicios especializados y tienen tarifa única establecida para los dos tipos de usuario.

10.4. Los servicios de Sala de Informática serán cobrados de la siguiente manera:

Renta de equipo de cómputo: por hora.

Impresión a blanco y negro de archivos: por hoja.

Digitalización de documentos: por hoja

10.5. Los requisitos para recibir los servicios de la Sala de Informática como usuario interno son:

Proporcionar su matrícula al encargado de la sala para su registro en el sistema de administración de equipos de cómputo (Tarantela)

Pagar la tarifa establecida por servicio otorgado.

10.6. Una vez en Sala de Informática, el usuario está obligado a cumplir las siguientes condiciones:

Consultar cualquier duda respecto al manejo del equipo.

Proporcionar su dispositivo externo para revisión y así evitar virus a nuestras computadoras.

Guardar silencio en la sala.

Ingresar sin alimentos ni bebidas a la sala.

No entrar a sitios prohibidos o páginas web que a juicio del responsable de la sala puedan dañar el equipo.

10.7. Cualquier situación no contemplada en los presentes lineamientos, será resuelta por la Jefatura de Servicios al Público.

 

CAPÍTULO XI. SALA TIFLOTÉCNICA

 

11.1. El acceso a la Sala Tiflotécnica es para alumnos, maestros, investigadores y todos aquellos usuarios con discapacidad visual, de cualquier edad, que solicite los servicios de la misma.

11.2. Los servicios que brinda la Sala Tiflotécnica son:

Enseñanza de computación básica.

Uso y manejo de los equipos tiflotecnológicos.

Orientación y Movilidad.

Enseñanza de la lecto-escritura y matemáticas en Braille.

Impresión de documentos en Braille.

Impresión en tinta.

11.3. Los servicios de la Sala Tiflotécnica son considerados servicios especializados. Estos servicios son totalmente gratuitos.

11.4. Los requisitos para recibir los servicios de la Sala Tiflotécnica son:

Si el usuario es menor de edad deberá ir acompañado de un adulto (padre, madre o tutor).

En su primera visita el usuario tendrá que llenar el Registro de Adscripción de la Sala Tiflotécnica, comprometiéndose a proporcionar información verídica.

Al usuario se le proporcionará una credencial que lo identifique como usuario de la Sala Tiflotécnica.

Cada que solicite un servicio, el usuario deberá portar su credencial de usuario de la Sala Tiflotécnica y llenar un Registro de usuarios de la misma.

El usuario deberá llevar sus propios audífonos, para así evitar interferir con el ruido del parlante a otros usuarios de la sala.

11.5. Una vez en la Sala Tiflotécnica, el usuario está obligado a cumplir las siguientes condiciones:

Consultar cualquier duda respecto al manejo del equipo.

Proporcionar su dispositivo externo USB para revisión y así evitar virus a nuestras computadoras.

Guardar silencio en la sala.

Ingresar sin alimentos ni bebidas a la Sala.

No entrar a sitios prohibidos o páginas web que a juicio del responsable de la sala puedan dañar el equipo.

11.6. Toda situación no contemplada en los presentes lineamientos, será resuelta por la Jefatura de Servicios al Público.

 

CAPÍTULO XII.  PRÉSTAMO A FOTOCOPIA Y REPRODUCCIÓN ELECTRÓNICA

 

12.1. El Préstamo a Fotocopia facilita la reproducción de artículos de revista y capítulos de libros, es decir, una parte del texto, con fines académicos y de investigación. Se permite la reproducción fotostática parcial o digital de los materiales documentales del acervo de la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria, siempre y cuando sea con fines enteramente académicos (véanse el Título VI, Capítulo II, Artículos 148 y 151, de la Ley Federal de Derechos de Autor). El servicio de reproducción documental está sujeto a lo dispuesto en la Ley Federal de Derechos de Autor, en su Título II, Capítulo I, en los Artículos 11, 12, 13, Capítulo II, Artículo 27 y el Título VI, Capítulo III, Artículo 152.

12.2. De acuerdo con el estado de conservación de los materiales y con las restricciones de las colecciones especiales, no podrán fotocopiarse: Publicaciones del Fondo Alfonso Reyes, Fondo Pedro Reyes Velázquez, Fondo Ricardo Covarrubias, Fondo Fernando Díaz Ramírez, Fondo Carlos Pérez Maldonado y Fondo Nuevo León y Hemeroteca.

12.3. Publicaciones con más de 50 años de antigüedad, incluyendo publicaciones periódicas.

12.4. Volúmenes deteriorados o restaurados.

12.5. Volúmenes cuyo grosor exceda los 6 cm.

 

Otros servicios del préstamo a fotocopias

 

12.6. En caso necesario se puede solicitar el servicio de escaneo de un material que no puede ser fotocopiado.

12.7. Asimismo, es posible solicitar fotografía digital del material siempre y cuando el usuario cuente con cámara.

 

Estos servicios estarán sujetos a la autorización de la jefatura de Servicios al Público y no tendrán costo.

 

12.8. El servicio de reproducción electrónica (grabaciones en disco flexible y digitalizaciones, etc.) se concede a los usuarios solo si se cumplen las siguientes condiciones:

a) Los documentos están en condiciones físicas de ser reproducidos, y

b) No se violan los derechos del autor.

12.9. Los bibliotecarios responsables de sala y los encargados del servicio de reproducción electrónica son las personas autorizadas para verificar que se cumplan las condiciones anteriores.

12.10. El horario de este servicio es de lunes a viernes de 8:00 a 21:30 h.

 

CAPÍTULO XIII. SERVICIO DE INVESTIGACIÓN DOCUMENTAL

 

En apoyo a usuarios que realizan investigación, la biblioteca brinda el siguiente servicio especializado:

 

13.1. Búsqueda de información: Se realiza la búsqueda de información sobre un tema de interés en diversos recursos electrónicos y físicos que se encuentran en los diferentes fondos de la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria.

13.2. El usuario enviará la temática que le interesa obtener y recibirá los costos y tiempos de entrega de cada documento, los cuales dependerán del tipo de material solicitado y forma de envío del servicio.

13.3. La cotización no genera costos, sólo es necesario enviar la lista de referencias vía e-mail y obtendrá la cotización sin ningún compromiso de adquirir los documentos.

13.4. El usuario puede encontrarse presente, o bien interactuar con el documentalista por vía telefónica o correo electrónico.

13.5. El usuario recibe copias de los documentos originales, las cuales provienen de los diferentes fondos bibliohemerográficos de la CABU.

 

CAPÍTULO XIV. PAQUETERÍA

 

14.1. El servicio de paquetería es exclusivamente para los usuarios de las diferentes salas de la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria

14.2. El usuario podrá depositar en paquetería artículos como portafolios, bolsas y mochilas, y no se aceptarán objetos de valor ni dinero.

14.3. El usuario recibirá una ficha de la casilla en la cual se resguarda su bien y la devolverá al momento de recoger sus pertenencias.

14.4. En caso de que el usuario extravíe su ficha, deberá pagar una cantidad por reposición de la misma, la cual será de $15.00 pesos.

14.5. Con el fin de proteger cada uno de los bienes resguardados, el usuario no tendrá acceso al área de paquetería por ningún motivo.

14.6. Toda situación no contemplada en los presentes lineamientos será solucionada por la jefatura de Servicios al Público.