Artículo 1. El acceso a la Sala de Informática es para alumnos, maestros, investigadores, empleados y todo usuario que solicite los servicios de la misma.

 

Artículo 2. Los servicios que brinda la Sala de Informática son:

  • Renta de equipo de cómputo.
  • Impresión de archivos.
  • Digitalización de imágenes.

 

Artículo 3. Los servicios de la Sala de Informática son considerados servicios especializados y tienen tarifas establecidas para dos tipos de usuario:

  • Usuarios internos, los que integran la comunidad de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
  • Usuarios externos, son todos aquellos que son ajenos a la comunidad de la Universidad Autónoma de Nuevo León.

 

Artículo 4. Los servicios de Sala de Informática serán cobrados de la siguiente manera:

  • Renta de equipo de cómputo: por hora.
  • Impresión de archivos: por hoja.
  • Digitalización de imágenes: por imagen.

 

Artículo 5. Los requisitos para recibir los servicios de la Sala de Informática como usuario interno son:

  • Presentar credencial vigente de la Universidad Autónoma de Nuevo León. El usuario podrá presentar el recibo de pago de Rectoría sellado únicamente en los períodos de resello de la credencial.
  • Llenar la boleta de ingreso a la sala, escribiendo con claridad sus datos personales y la hora de entrada.
  • Pagar la tarifa establecida para el usuario interno.

Nota: Si el usuario interno no cuenta con el primer requisito, recibirá el servicio en la modalidad de usuario externo.

 

Artículo 6. Los requisitos para recibir los servicios de la Sala de Informática como usuario externo son:

  • Presentar una identificación oficial.
  • Llenar la boleta de ingreso a la sala, escribiendo con claridad sus datos personales y la hora de entrada.
  • Pagar la tarifa establecida para el usuario externo.

 

Artículo 7. Una vez en Sala de Informática, el usuario está obligado a cumplir las siguientes condiciones:

  • Consultar cualquier duda respecto al manejo del equipo.
  • Proporcionar su dispositivo externo para revisión y así evitar virus a nuestras computadoras.
  • Guardar silencio en la sala.
  • Ingresar sin alimentos ni bebidas a la sala.

No entrar a sitios prohibidos o páginas web que a juicio del responsable de la sala puedan dañar el equipo.

 

Artículo 8. Cualquier situación no contemplada en el presente Reglamento, será resuelta por la Jefatura de Servicios al Público.

 

 

“ALERE FLAMMAM VERITATIS”

Ciudad Universitaria a 24 de septiembre de 2008

M.C. Minerva Margarita Villarreal Rodríguez

Directora Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria