Artículo 1. El servicio de paquetería es exclusivamente para los usuarios de las diferentes salas de la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria.

 

Artículo 2. El usuario deberá depositar en paquetería artículos como portafolios, bolsas y mochilas, y no se aceptarán objetos de valor ni dinero.

 

Artículo 3. El usuario recibirá una ficha de la casilla en la cual se resguarda su bien y la devolverá al momento de recoger sus pertenencias.

 

Artículo 4. En caso de que el usuario extravíe su ficha, deberá pagar una cantidad por reposición de la misma.

 

Artículo 5. Con el fin de proteger cada uno de los bienes resguardados, el usuario no tendrá acceso al área de paquetería por ningún motivo.

 

Artículo 6. Toda situación no contemplada en el presente Reglamento será solucionada por la Jefatura de Servicios al Público.

 

 

“ALERE FLAMMAM VERITATIS”

Ciudad Universitaria a 24 de septiembre de 2008

M.C. Minerva Margarita Villarreal Rodríguez

Directora